: Ramón Antonio Veras.
Explicación previa
Con motivo de un escrito que hice con el
título “La lectura de una
foto con sentido sistémico”, algunas personas
se me han acercado para decirme que no están de acuerdo con las opiniones que
expresé criticando el hecho de una señora embarazada exhibiéndose desnuda.
Según mis críticos, cada quien está en libertad de hacer con su cuerpo lo que le venga en
ganas. Por medio de este artículo procuro responder a quienes no comparten mi
censura a la pornografía abierta o incitante.
I.-
Posición con respecto a la libertad
1.- Conforman el pensamiento de una persona la
forma como ha desarrollado su vida material y espiritual; el ambiente donde ha
vivido y las ideas políticas, religiosas, filosóficas, éticas y morales que ha
asimilado. Nadie nace con el sello que lo marcará para toda su existencia como liberal,
radical, conservador, bueno o malo; es la práctica de la vida la que sirve para
definir al ser humano.
2.- En ese permanente ir y venir, andando de
un sitio a otro; moverse ejecutando tareas permite conocer las actividades
realizadas de manera accidental o habitual por el ciudadano o la ciudadana de
un determinado país. Afanarse llevando a cabo una actividad específica es
demostración de que se hace con apego, por convicción, como un ideal.
3.- Lo que es habitual se hace siempre de la
misma manera, llegando con el transcurso de los años a convertirse en algo
usual en quien lo ejecuta. El que está acostumbrado a hacer una tarea la lleva
a la realidad de manera natural porque a lo acostumbrado nos adaptamos con
naturalidad; nos familiarizamos de tal manera que nos comportamos debidamente
amaestrados.
4.- No puede ser una actitud o postura
fingida creer en la libertad, defenderla y hacer uso de ella. La simple pose no
cuadra en la defensa coherente del ser humano. No es propio en aquellos que han
hecho de su vida pública y privada una especie de página abierta, para que sea
conocida por todos y todas, dar a entender lo que no es verdad.
5.- Para mí, la libertad es familiar; me
siento ligado a ella como algo inherente y, de igual manera, la veo unida a
todo ser humano como lo que no se puede separar. Ella es consustancial a todo
lo que tiene vida y merece ser defendida sin importar quien sea su titular.
6.- La posición que he mantenido con relación
a la libertad la he expuesto en la plaza pública, así como en foros nacionales
e internacionales por medio de charlas y conferencias participando en
seminarios y congresos en los cuales han estado presentes mujeres y hombres de
todos los continentes y con diferentes criterios políticos, filosóficos y
religiosos. En ningún tiempo ni espacio he tenido temor a plantear mis
creencias, y en particular la posición que sostengo de la libertad.
II.- Mis criterios recogidos
en un libro de mi autoría
7.- Porque el tema relacionado con la libertad
como bien jurídico ha sido ampliamente controvertido, para que mis descendientes
conocieran mi opinión con relación a la libertad, su ejercicio y protección,
decidí organizar y materializar mi parecer sobre el asunto, para que no
quedaran dispersas las ideas que al respecto he mantenido.
8.- La Editora Alfa y Omega, en el año 1988, procedió
a imprimir la obra de mi autoría con el título: “Dos temas y un tiempo”, de la
cual resultaron seis (6) tomos. El texto está prologado por el finado reverendo
Avelino Fernández, y con un comentario de la licenciada Susi Pola. Cada volumen
en los que está dividido el libro comprende lo que escribí desde 1966 hasta
1988 acerca de la libertad y los Derechos Humanos, incluyendo las veces que
hice uso de esas prerrogativas para defender personas físicas en mi país y en
el extranjero. En la actualidad el compendio mencionado forma parte de la
Colección doctor Ramón Antonio Veras, en el Archivo General de la Nación.
9.- En el discurrir de las más de cinco mil
páginas que contienen los seis tomos del libro “Dos temas y un tiempo”, el
lector puede examinar la forma como hice uso de mi libertad de expresión para
defender en el foro nacional e internacional la facultad de obrar de una manera
o de otra, o de no obrar. Durante los doce años del régimen del doctor Joaquín
Balaguer, en diferentes marcos desarrollé lo que creo es la libertad, su
ejercicio y limitaciones, así como que no se debe en nombre de ella afectar a
los demás.
III.-
Mi parecer entorno a la limitación de la libertad
10.- Es mi parecer que sin importar cuál sea
el régimen imperante, no se debe hacer uso de la libertad a la mejor
conveniencia, porque ella siempre estará sometida a controles para regular su
ejercicio. La libertad no puede ser ejercida contra los derechos establecidos y
las leyes que tienen por finalidad garantizar la vida de los seres humanos. En
ninguna parte del mundo civilizado un ciudadano o una ciudadana tiene facultad
de comportarse como se lo manda su voluntad, porque su libertad está sujeta a
que no haga uso abusivo de ella. El pensamiento puede ser comunicado
libremente, salvo la responsabilidad por el abuso del uso de la libertad de
expresión, en cuyo caso el actor queda a merced de lo que dispone la ley y
deciden los tribunales.
11.- Por muy amante que sea una persona del
ejercicio pleno de su libertad, y por encima de su deseo de hacer de ella uso
constante, su sentido voluntarioso no puede colocarlo sobre el derecho de los
demás. El hecho de que usted sea dueño de su cuerpo no puede hacer con él lo
que le manda su deseo. Su inclinación a hacer con su figura lo que decida su voluntad
choca con el derecho de los que con usted conviven en la comunidad. La libertad
de disponer a su antojo de su masa corporal tiene limitaciones que impiden que
de mala manera e incorrectamente proceda lesionando el pudor de otros y de
otras.
12.- Aunque un jovencito sea muy esbelto, su
esbeltez no le da derecho ni le concede la libertad para exhibirse desnudo en
la calle El Conde con Palo Hincado, como tampoco enseñarse sin ropa en la calle
Del Sol esquina 30 de Marzo, de la ciudad de Santiago de los Caballeros. La
autodeterminación a presentarse descubierto al público es uso abusivo de la
libertad; es un desenfreno que se asemeja a lo impúdico, licencioso, a la relajación
de la libertad que no es más que el libertinaje en el que siempre caen los
libidinosos, los pervertidos de una sociedad humana en decadencia. La facultad
de decidir sin coacción alguna no procede en un ambiente sometido a leyes
previamente establecidas.
13.- Un pueblo cualquiera viviendo bajo un
sistema social justo, en nombre de la libertad no está permitido luchar contra
la felicidad que ese orden establecido le garantiza. Libertad contra la
libertad, no; porque solamente es legítimo el ejercicio de la libertad cuando
se persigue el bien de la generalidad de los que componen la sociedad. Es
posible ejercer la libertad sin agraviar la convivencia social y la dignidad
humana.
14.- La libertad no debe estar a disposición de
quienes quieren disfrutarla en forma antojadiza. Solamente una sociedad
degradada en lo ético y moral puede garantizar la libertad para la presentación
de obras literarias y artísticas cargadas de inmoralidades. El pornográfico,
deshonesto y desvergonzado no debe tener la protección de los poderes públicos.
15.- En nombre de ejercer la libertad no está
permitido afectar a la sociedad. El uso de derechos y libertades no debe dañar
los de otros. La libertad se ejerce en un determinado medio social; ella no es
una reflexión profunda ni se materializa en un medio abstracto, sino en la
sociedad humana. La libertad absoluta no está permitida. Sería un absurdo
pensar que se puede aceptar el ejercicio de la libertad de expresión para
difundir la discriminación, el odio, el terrorismo, estimular el derrocamiento
de un gobierno democrático o para justificar el robo de los dineros del erario
y difamar.
16.- A los que creen que es posible el
ejercicio absoluto de la libertad, basta con recordarles que “así como la
libertad moral es el derecho de usar de nuestra responsabilidad, la libertad
social es el derecho que tienen todas y todos los ciudadanos de obedecer la
ley”. Que cada quien accione, pero recordando que vivir en un medio social
impone limitaciones a las cuales hay que obedecer.
17.- Es una verdad de a puño “que la libertad
no es posible más que en aquellos países en que el derecho predomina sobre las
pasiones”, porque el apasionado procede fuertemente entusiasmado, y a veces
hasta sin saber por qué. Ser muy ardiente, comportarse con ardor conduce, en
ocasiones, a abusar de la libertad.
18.- En determinados periodos, en el seno de
la sociedad hay mujeres y hombres que no están debidamente preparados para
hacer uso de la libertad, porque abusan de ella en forma tal que la hacen
dañina. De ahí que se ha dicho “que los mayores enemigos de la libertad no son
aquellos que la oprimen, sino los que la ensucian”; y en nuestro medio hay
muchos que la manchan, la llenan de porquería porque se creen con derecho a
convertirla en afrenta social.
19.- Decir que “el fundamento de la moral y
de las leyes lo constituyen la mayor felicidad del mayor número de gentes”,
significa que una minoría no puede darle riendas sueltas a sus caprichos en
nombre de sembrar en el seno de la sociedad la desgracia, la desventura y el
infortunio. Porque “no hay ley ninguna aceptable por igual para todos”, la
minoría está obligada aceptar aquello que va en bien de la mayoría. Aquellos
que creen que pueden dañar en nombre de su libertad, son los mismos a los
cuales les cuadra la idea de que “puede uno muy bien hacer cosas plenamente
legales y ser al mismo tiempo un solemne pillo”. A veces la ley permite, pero
el honor prohíbe.
20.- No escapa a mi conocimiento que muchos
estatutos constitucionales, con juego de palabra quitan la esencia a la
libertad para justificar la protección de intereses de grupos económicos. De
ahí que es común leer en una u otra Constitución que, por ejemplo, “la libertad
de expresarse podrá ejercerse siempre y cuando no atente contra el orden establecido,
que no es otro que el sistema que hace posible el mantenimiento del estatus quo”.
21.- He defendido y defiendo la libertad
partiendo de que “el libre desenvolvimiento de cada uno es la condición del
libre desenvolvimiento de todos”. La libertad no es algo de lo que cada quien
puede disponer para ejecutar lo mismo el bien que el mal. El artículo 4 de la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 define que la
libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás, y la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre, lo mismo que la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, reconocen la limitación de dichos derechos
condicionados por “los derechos y deberes respecto a la sociedad”.
22.- La libertad y los derechos civiles,
económicos, políticos y sociales solo es posible materializarlos con dignidad
allí donde están creadas las premisas materiales para hacer posible su
realización. Para el ser humano incidir en los asuntos de trascendencia de su
país tiene que tener garantizada la libertad, el derecho al trabajo, a la
instrucción, la salud, la vivienda, el sano esparcimiento y la seguridad de
vida y bienes. Educar con base en principios éticos y morales está acorde con
preparar a los miembros de la comunidad con el fin de que hagan uso de la
libertad en un ambiente de respeto mutuo.
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